Le prohibieron viajar con una valija en un ómnibus urbano

Dos personas discutieron con el chofer porque le prohibió subir con una valija. Debió intervenir la Policía y los pasajeros tuvieron que bajar del ómnibus.

Momentos de mucha tensión se vivieron durante la mañana de este lunes a bordo de un colectivo de la línea 25, perteneciente a la empresa Ersa, que une el sur de la ciudad de Córdoba con el Aeropuerto Internacional Ambrosio Taravella.

Según contó a Cadena 3 Lucía, una testigo del episodio, todo comenzó cuando una joven y un hombre intentaron subir a un ómnibus con una valija.

“A las 8,30 tomé -un colectivo de- la línea 25 y cuando llegamos a la Terminal de Ómnibus, subieron estas personas. El chofer no los quiso dejar ascender, ya que mencionó la existencia de una ordenanza que prohíbe hacerlo con valijas”, detalló.

La discusión fue subiendo de tono y ni el chofer ni la pasajera cedían es sus posturas: “Uno -el conductor de la unidad- decía que estaba prohibido y que él iba a hacer cumplir la ordenanza y los otros -pasajeros- aseguraban que el transporte es público y que la ordenanza aludida no estaba señalizada en el micro”.

Toda esta discusión demoró 20 minutos, hasta que llegó un móvil policial “y todos los pasajeros tuvimos que bajar y tomar otro colectivo”. Lucía aclaró que se trataba de una única valija y que “no era grande”.

La ordenanza 12.076 que regula el Transporte Público de Pasajeros en Córdoba indica en su artículo 77 que está terminantemente prohibido a los usuarios:

A) Ascender o descender del vehículo en movimiento.

B) Fumar en el interior del vehículo.

C) Ascender al vehículo con animales de cualquier tipo, con excepción de los “perros guía” que acompañan a pasajeros ciegos.

D) Transportar bultos que por sus dimensiones o características puedan provocar molestias o daños a los demás pasajeros.

E) Llevar materiales explosivos, inflamables o corrosivos.

F) Asomarse por las ventanillas.

G) Llevar en funcionamiento aparatos sonoros que afectan a los demás usuarios.

H) Atentar contra la integridad de los otros usuarios o del vehículo o la higiene del mismo.

I) Abordar el vehículo en estado manifiesto de ebriedad.

Consultadas sobre este episodio, desde la empresa Ersa, concesionaria del servicio, señalaron que “debido a que es un problema de larga data, se ha establecido que el equipaje permitido para subir al ómnibus debe tener las mismas dimensiones que las avaladas para subir a uno avión” (35 centímetros de ancho x 25 de profundidad x 55 de altura).

 

Fuente:

Cadena3

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