Mendoza: Sancionan a empresas de transporte público por llevar pasajeros «no esenciales»

Al promediar el primero de los 9 días de cuarentena más estricta en Mendoza, los controles a la circulación ya empezaron a arrojar resultados. Es que además de que casi una treintena de personas fueron interceptadas en los retenes policiales por infringir la ley, el EMOP (Ente de Movilidad Provincial) detectó irregularidades en algunas unidades de transporte público.

Los casos involucran a micros que cubren recorridos desde y hacia la Zona Este, a partir de algunos operativos. «Nuestros inspectores detectaron un alto porcentaje de pasajeros no esenciales. Se efectuaron las actas correspondientes por incumplimiento a la empresa prestadora del servicio», informaron desde el ente.

Ante las infracciones cometidas, el EMOP recordó cuáles son las condiciones por las cuales se permite viajar en unidades para trayectos de media y larga distancia dentro del territorio provincial. Al respecto, subrayaron que «entre distintos oasis, sólo podrán hacerlo quienes efectúen servicios esenciales o quienes tengan que estar al cuidado de personas o turno médico asignado, con acreditación».

Puntualmente para la zona Este, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz. No está permitido realizar recorridos hacia el Gran Mendoza y otros destinos provinciales, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.

¿Cómo acreditar la condición de esencial o exceptuado para viajar? Existen 3 tipos de requisitos:

a) Trabajadores de la salud debe exhibir en las boleterías correspondientes su último bono de sueldo o credencial profesional.

b) Si es personal fuerzas de seguridad, la credencial que acredite su calidad.

c) Personas que por enfermedad grave o tratamientos prolongados no puedan atenderse en hospitales o centros asistenciales cercanos al domicilio, o las que se trasladan para cuidar familiares internados deberán exhibir en las boleterías correspondientes un certificado médico que acredite esa situación personal o del familiar enfermo al que deban asistir.

 

Fuente:

Sitio Andino

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